RECTIFICACIÓN DE LINDEROS O ÁREA DEL PREDIO

Es importante revisar rigurosamente el certificado de tradición y libertad del inmueble, porque en caso que no coincida el área que aparece en el certificado de tradición y libertad con los reales del predio, se deberá hacer el trámite administrativo de rectificación de linderos o área del predio ante la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, en adelante UAECD, esto para los predios dentro de Bogotá DC.

Es determinante la práctica de una prueba técnica y visita de campo por parte de la autoridad catastral, las personas que pueden solicitar el trámite, lo que en derecho se llama “legitimidad en la causa” son; el propietario y el poseedor, es importante ser claro en la solicitud, en la narración de los hechos, así mismo; adjuntar las pruebas documentales, la prueba técnico pericial y demás pruebas que se tengan y/o solicitar las que considere necesarias, precisando que, por ejemplo; los planos, fotografías aéreas usando drom, son pruebas documentales según la clasificación del Código General del Proceso.

En el trámite administrativo se podrá solicitar la corrección o actualización, siendo dos solicitudes diferentes, porque la corrección es enmendar un error en la descripción del inmueble mientras que la actualización es ajustar el área o linderos de un predio a la realidad actual por los cambios que se le han realizado durante el paso del tiempo.

En el trámite administrativo se verificará todo el material probatorio documental que haga referencia a las medidas del predio que repose en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, es decir el certificado de tradición y libertad, así mismo la documentación conducente, pertinente, útil, necesaria que se tenga en los archivos de la entidad competente de catastro.

Luego del estudio técnico, la administración (autoridad catastral) proferirá un documento denominado “acto administrativo” en el que se determinará los recursos procedentes, esto es importante para establecer el agotamiento de la “vía administrativa” para eventualmente acudir a la “vía judicial”, por eso es tan importante realizar este trámite de forma adecuada, para evitar errores que pueden terminar en un proceso judicial administrativo pidiendo la nulidad y el restablecimiento del acto administrativo en el que se decide si existe o no error en las medidas del predio, eventualmente puede acontecer que no se acceda a lo solicitado por el interesado en el trámite administrativo.

En caso que en el acto administrativo se decida que hay error y se modifica la medición del predio, se deberá registrar ese acto administrativo ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del círculo registral donde corresponda.

Es importante precisar que este trámite lo puede hacer el interesado directamente sin abogado, pero muchas personas consideran eficaz hacerlo por medio de su abogado de confianza, mediante poder especial, amplio y suficiente autenticado ante Notario público con biometría para evitar fraudes y suplantaciones, verificando en internet, la vigencia de la tarjeta profesional del abogado.

Recuerda ser siempre ¡muy eficiente!

21/marzo/2024